Ciertos historiadores interpretan el parágrafo 1 de los "Deberes de un francmasón" de las Constituciones de 1723 como un texto en el que se prohíbe el acceso a las logias a los libertinos, es decir, a los deístas. Sin embargo, es una interpretación completamente falsa. Dicho error no afecta tan solo a determinados autores masónicos, sino también a algunas Obediencias donde podemos leer con consternación en sus páginas web exposiciones como la siguiente: “En 1723 aparecen las Constituciones de Anderson reconocidas aún hoy en día como la carta fundadora de la francmasonería universal. El artículo primero imponía para siempre la exigencia esencial de la masonería de tradición, a saber, la creencia en Dios.” Quedamos atónitos y sorprendidos ante tal mentira. La falsedad de dicha interpretación es obvia ya que este texto admitía textualmente la eventualidad de que un masón no comprendiera correctamente el arte (es decir, el simbolismo bíblico del rito de la Palabra de Masón), y fuera, consecuentemente, un ateo teórico o un deísta siempre que fuera “un hombre bueno y verdadero, o un hombre de honor y de honestidad”, es decir, siempre que practicara la religión natural evocada por Pablo de Tarso en Romanos 2:14-15, religión natural práctica que no es una doctrina, sino que consiste en conformar su comportamiento a la ley moral natural y universal. Dos historiadores más rigurosos han escapado al contrasentido y han comprendido correctamente el texto de 1723, porque fueron capaces de interpretar un texto conformemente a las reglas de la sintaxis: ellos son Alain Bernheim y el profesor escocés David Stevenson. Observemos que, en sus Constituciones de 1738, J. Anderson proseguirá en la estela de las Constituciones de 1723, ya que tan solo obligará al masón a practicar los tres artículos morales de Noé asegurándole lo que él llamó textualmente la “libertad de consciencia” (liberty of conscience). Recordemos que los tres artículos morales de Noé se encuentran descritos en Génesis 6:2-3 y 9:3-6, donde se prohíben tres cosas: a los hombres virtuosos desposarse con mujeres egóticas, de consumir carne animal con su sangre, y de matar. Finalmente, no olvidemos que si las Constituciones de 1723 y de 1738 no imponen al masón ninguna doctrina religiosa y le dejan libre totalmente de ser un ateo teórico o un deísta, sin embargo estas mismas Constituciones y el propio rito del Mot de Maçon mencionan el “Gran Arquitecto del Universo” (cf. el Dumfries nº 4 de 1710 y La Masoneria Diseccionada de Samuel Prichard, 1730).
Los Antiguos de Dermott y la Gran Logia Unida de Inglaterra
No se puede evocar las Constituciones de 1723 y de 1738 compararlas por una parte con Ahiman Rezon de Laurence Dermott (1756) y por otra parte la posición de la Gran Logia Unida de Inglaterra nacida en 1813. En su texto de 1756, L. Dermott afirma que un “masón está obligado por su compromiso a creer firmemente también en el verdadero culto del Dios eterno que en todos estos archivos sagrados que los dignatarios y Padres de la Iglesia han compilado y publicado para el uso de todos los hombres buenos”. Emerge de este texto que L. Dermott obligaba al masón a creer en el culto del verdadero Dios y en la Biblia, posición que era totalmente contraria tanto a las Constituciones de 1723 como a las de 1738. En cuanto a los Basic Principles de la Gran Logia Unida de Inglaterra, estipulan en 1929 “que la creencia en el Gran Arquitecto del Universo y en su voluntad revelada será una cualificación esencial para convertirse en miembro”.
Dicho de otro modo, la Gran Logia Unida de Inglaterra, obligando al postulante de este modo, y también al masón a creer en el Gran Arquitecto del Universo y en la Biblia, adoptó una posición idéntica a la de L. Dermott y a la de los Antients, oponiéndose por ello radicalmente a las Constituciones de 1723 y de 1738. Precisemos respecto al empleo de las palabras “creer” (believe) y “creencia” (belief) utilizadas por Dermott y por la Gran Logia Unida de Inglaterra: la creencia que consiste en “creer que” es una actitud exotérica totalmente ajena a la Biblia, que no codificaba unas creencias sino el “ver” de los profetas (“ver” por el espíritu de sutileza o por la intuición intelectual no es creer), es de este modo que adoptando como posición la creencia, L. Dermott y la Gran Logia Unida de Inglaterra se ubicaron sobre el terreno del exoterismo, excluyéndose así del campo del esoterismo que era el de las Escrituras.
Hoy la cuestión radica en saber en qué posición se sitúa cada obediencia: si desean apoyarse sobre las Constituciones de 1723 y de 1738 que proclamaban la libertad de consciencia o, por el contrario, prefieren apoyarse sobre el Ahiman Rezon y sobre los Basic Principles de la Gran Logia Unida de Inglaterra, que obligan en creer en el Gran Arquitecto del Universo y en la Biblia.
Joaquim Villalta, V Orden, Gr.·. 9 y Último del Rito Moderno o Francés, 33º R.E.A.A.
M.·. I.·.Director de la Academia Internacional de la V Orden - UMURM
Gran Orador del Sublime Consejo del Rito Moderno para el Ecuador
Miembro Honorario del Soberano Grande Capítulo de Cavaleiros Rosa-Cruz de Portugal - Gran Capítulo General del Rito Moderno y Francés de Portugal
Miembro Honorario de la R.·. L.·. Estrela do Norte nº 553 del Grande Oriente Lusitano
Gran Canciller para Europa del Gran Oriente Nacional Colombiano
Miembro Honorario del Soberano Supremo Consejo del Grado 33 para el Escocismo de la República del Ecuador
Miembro del Supremo Consejo del Grado 33º y Último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado de la Islas Filipinas
Miembro Honorario del Supremo Consiglio del 33º ed Ultimo Grado del R.S.A.A. per l’Italia e sue Dipendenze
Miembro del Suprême Conseil du 33e Degré pour la France du Rite Ancien et Accepté (Rite de Cerneau et Rite Écosais Ancien et Accepté)
Pasado Presidente de la Confederación Internacional de Supremos Consejos del Grado 33º del R.·. E.·. A.·. A.·.
Muy Poderoso Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33º para España del Rito Antiguo y Aceptado
Gran Comendador del Soberano Gran Consejo de los Príncipes del Real Secreto de España, Rito de Perfección
Masonólogo